La rectora es la representante legal del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutora de las decisiones del gobierno escolar, en tal carácter, y en el ámbito de su competencia es responsable de la gestión académica y administrativa de la institución.

Para ser rector se requiere ser licenciado en educación o profesional con octavo grado en el escalafón docente y reconocida trayectoria.

FUNCIONES.

Son funciones del rector:

a) Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
b) Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
c) Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.
d) Mantener activa las relaciones con las autoridades educativas, con los benefactores de la institución y con la comunidad local para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
e) Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
f) Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo académico.
g) Ejercer funciones disciplinarias que le atribuyen la ley, los reglamentos y el manual de convivencia.
h) Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.
i) Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.
j) Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo.
k) Las demás funciones afines o complementarias con los anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.
Los actos de la rectora se llaman resoluciones rectorales, por medio de ellas expide las normas y actos administrativos necesarios, en la órbita de su competencia, para el cumplimiento y ejecución de los reglamentos y demás decisiones de los consejos directivos y académicos.